Comparativa 2026 de impuestos para autonomos y empleados en España

Autónomo vs empleado en 2026: quién paga más impuestos en España

En 2026, la pregunta clave para miles de trabajadores y profesionales en España sigue siendo la misma: ¿quién paga más impuestos, un autónomo o un empleado por cuenta ajena? La respuesta no es un simple “sí o no”, porque depende del nivel de ingresos, la comunidad autónoma de residencia, los gastos deducibles, el tipo de contrato y el número de pagas. En este análisis didáctico y actualizado, repasamos cómo se forma la carga fiscal de cada colectivo y ofrecemos ejemplos prácticos para comparar el poder adquisitivo real.

Un empleado soporta en nómina dos grandes bloques: cotizaciones a la Seguridad Social (alrededor del 6%–7% del salario bruto, según contrato y conceptos) y la retención de IRPF calculada por la empresa según circunstancias personales y autonómicas. El autónomo, por su parte, declara el IRPF sobre su rendimiento neto (ingresos menos gastos) y abona una cuota al RETA en función de tramos de rendimientos. Además, si factura con IVA, debe liquidarlo periódicamente, aunque el IVA no es un impuesto sobre la renta.

Este artículo incluye diferencias por CCAA, el impacto de 12/14 pagas, retenciones y deducciones más comunes, y dos escenarios numéricos para que puedas estimar tu neto anual y mensual. Para simulaciones detalladas, utiliza la Calculadora Sueldo Neto: https://calculadora-sueldo-neto.es.

Cómo tributa un empleado en 2026

Componentes de la nómina: cotizaciones e IRPF

La nómina de un trabajador por cuenta ajena incluye, de forma general:

El IRPF es progresivo y combina un tramo estatal y uno autonómico. Aunque el marco estatal fija una parte de la escala, cada CCAA aplica su propia escala y deducciones autonómicas, lo que puede desplazar el tipo efectivo varios puntos. En términos prácticos, el tipo medio para salarios medios oscila de forma apreciable entre regiones.

Consejo profesional: si aumentas tus aportaciones a planes de pensiones individuales u otros productos con derecho a reducción (con los límites legales aplicables), tu base general puede disminuir, rebajando el IRPF. Revisa también deducciones autonómicas por vivienda, familia o discapacidad.

12 o 14 pagas: cambia la retención, no el IRPF anual

Elegir 12 o 14 pagas afecta al flujo de caja. Con 14, cada paga es menor y la retención por recibo suele ser más baja; con 12, la retención mensual puede ser algo mayor. Sin embargo, el IRPF anual total a igualdad de ingresos y circunstancias es el mismo: la diferencia es de tesorería mensual.

Diferencias por comunidad autónoma

Las comunidades pueden aprobar cambios en su escala autonómica, mínimos y deducciones. A modo orientativo, Madrid suele aplicar tipos medios algo más bajos que Cataluña o la Comunidad Valenciana para tramos medios, mientras País Vasco y Navarra tienen regímenes forales con normativa propia.

Para ver el impacto en tu nómina según tu CCAA, usa la calculadora de sueldo neto.

Cómo tributa un autónomo en 2026

Cuota RETA por tramos de rendimientos

Desde 2023 se aplica un sistema de cotización por rendimientos netos. El autónomo estima sus rendimientos y se encuadra en un tramo con una cuota mensual. Esta cuota incluye contingencias comunes y profesionales, con coberturas que se aproximan a las del Régimen General aunque con diferencias. Los importes por tramo se han ido ajustando en 2023–2025; en 2026 se mantienen criterios de vinculación a rendimientos, con posibles actualizaciones reglamentarias. Consulta siempre el detalle vigente en la Seguridad Social.

IRPF del autónomo: estimación directa y retenciones

El IRPF del autónomo se calcula sobre el rendimiento neto. En estimación directa simplificada o normal, se declaran ingresos y gastos deducibles; en actividades profesionales sujetas a retención, el cliente suele practicar el 15% (o 7% para nuevos profesionales durante el primer año y los dos siguientes, cumpliendo requisitos). Esos importes minoran los pagos fraccionados trimestrales.

Consejo profesional: revisa la deducibilidad de gastos afectos (vivienda/teletrabajo, alquiler de despacho, cuotas de colegiación, seguros, suministros afectos, amortizaciones, dietas con límites) y planifica inversiones para optimizar tanto la cuota RETA (por tramos de rendimientos) como el IRPF.

IVA y obligaciones formales

Aunque no es un impuesto sobre la renta, el IVA condiciona la tesorería del autónomo. Repercutes IVA a clientes (salvo exenciones), soportas IVA en tus compras y liquidas la diferencia. Esto no afecta directamente al IRPF, pero sí al flujo de caja y a la necesidad de provisiones.

En síntesis: el autónomo es más flexible para deducir gastos y ajustar su base, pero asume una cuota de cotización fija por tramo y mayores obligaciones de gestión. El empleado tiene menor carga administrativa y cotización “automática” en nómina, si bien su margen de optimización fiscal es más limitado.

Comparativa práctica: ejemplos con escenarios realistas

Para comparar, distinguimos dos tramos de ingresos representativos y señalamos supuestos claros. Recuerda que tu resultado variará según CCAA, circunstancias personales, gastos reales y cambios normativos. Usa estas cifras como guía orientativa y contrástalas con una simulación personalizada.

Supuesto A: nivel de ingresos de 30.000 €

Con estos supuestos, el empleado soportará una cotización a la Seguridad Social alrededor del 6%–7% del bruto y una retención de IRPF que, para rentas de 30.000 € y sin mínimos adicionales, suele situar el tipo medio efectivo en el entorno de los tramos medios-bajos, dependiendo de la CCAA. El autónomo tributará por IRPF sobre 25.500 € y pagará además su cuota RETA anual. Si sus gastos fuesen mayores (por ejemplo, 25%), el rendimiento neto bajaría y, con él, el IRPF y potencialmente el tramo de cotización.

Supuesto B: nivel de ingresos de 45.000 €

En este nivel, las diferencias entre CCAA pesan más, al incrementarse el tipo marginal autonómico en algunos territorios. El autónomo con buen nivel de gastos deducibles puede acercar su tipo efectivo al del empleado o incluso situarlo por debajo, pero la cuota RETA y la disciplina de provisión trimestral de pagos fraccionados son determinantes.

Consejo profesional: si trabajas por cuenta propia con ingresos volátiles, construye una “hucha fiscal” mensual del 25%–35% de tus cobros para cubrir IVA (si procede), pagos fraccionados de IRPF y cuota RETA sin tensiones de tesorería.

Tablas comparativas y notas

Resumen de cargas habituales

Concepto Empleado Autónomo
Base imponible IRPF Salario bruto menos cotización trabajador Ingresos - gastos deducibles (rendimiento neto)
Cotización Seguridad Social Aprox. 6%–7% del bruto (4,70% CC + 1,55%/1,60% desempleo + 0,10% FP) Cuota RETA por tramos de rendimientos (importe mensual según tramo)
IRPF Retención mensual calculada por empresa (escala estatal + autonómica) Pagos fraccionados trimestrales y regularización anual
IVA No aplica en nómina Liquidaciones periódicas si actividad sujeta
12/14 pagas Afecta retención mensual, no el IRPF anual No aplica (ingresos por facturación)

Comparativa orientativa: dos escenarios

Las cifras siguientes son aproximaciones pedagógicas con supuestos simplificados para una CCAA media. No sustituyen a una simulación personalizada ni a asesoramiento profesional.

Escenario Empleado (30.000 €) Autónomo (30.000 € fact.) Empleado (45.000 €) Autónomo (45.000 € fact.)
Base de partida Bruto 30.000 € Ingresos 30.000 € Bruto 45.000 € Ingresos 45.000 €
Gastos deducibles N/A 15% (= 4.500 €) supuesto N/A 20% (= 9.000 €) supuesto
Rendimiento/ base IRPF Bruto - cotización trabajador 30.000 - 4.500 = 25.500 € Bruto - cotización trabajador 45.000 - 9.000 = 36.000 €
Cotización propia ~6%–7% del bruto Cuota RETA según tramo ~6%–7% del bruto Cuota RETA tramo superior
IRPF (idea) Tipo medio en tramos medios-bajos; varía por CCAA Sobre 25.500 €, pagos fracc. - retenciones Tipo medio-medio/alto; varía por CCAA Sobre 36.000 €, pagos fracc. - retenciones

Si el autónomo incrementa sus gastos deducibles reales (p. ej., del 15% al 25%), su rendimiento neto baja y, con ello, IRPF y posiblemente el tramo de cotización. Si el empleado tiene deducciones personales (discapacidad, familia numerosa, etc.), su tipo efectivo también puede reducirse.

Diferencias indicativas por CCAA (tipo efectivo IRPF sobre renta media)

De forma orientativa, y sin perjuicio de actualizaciones, el tipo efectivo puede variar varios puntos entre CCAA. Por ejemplo, en tramos medios:

Verifica siempre la escala autonómica aplicable el año del devengo y tu residencia fiscal.

Consejo de planificación: si eres empleado y valoras liquidez mensual, solicita a tu empresa un ajuste de retención acorde a tu situación real. Si eres autónomo, revisa trimestralmente tu previsión de rendimientos y el tramo RETA para evitar regularizaciones elevadas.

Optimización y vehículos de ahorro/ inversión

Las decisiones de inversión y financiación afectan al neto disponible. Si necesitas liquidez para tu negocio o patrimonio inmobiliario, el sale & leaseback puede ser una alternativa a la financiación convencional: vendes un activo y lo arriendas, liberando liquidez con impacto fiscal que conviene evaluar (plusvalías, amortizaciones, rentas).

Herramientas útiles

Consideraciones finales

¿Quién paga más, el autónomo o el empleado? La clave es tu base real: el empleado tiene un coste de Seguridad Social menor a su cargo, pero menos margen de deducción. El autónomo puede reducir su rendimiento neto con gastos y amortizaciones, aunque paga cuota RETA por tramo y asume más trámites. Por encima de ciertos umbrales, las diferencias autonómicas (y los gastos deducibles reales) inclinan la balanza.

En todo caso, la comparación debe hacerse en términos de renta disponible y flujo de caja: nómina mensual neta vs. facturación cobrada tras IVA, pagos fraccionados y cuota. La planificación trimestral y el control de gastos son esenciales para el autónomo; para el empleado, la correcta configuración de pagas y retención evita sobresaltos al presentar la renta.

Fuentes oficiales y actualización

Fuente: INE – Indicadores económicos (https://www.ine.es)

Fuente: Agencia Tributaria – IRPF 2025 (https://www.agenciatributaria.es)

Fuente: Seguridad Social – Bases y tipos de cotización (https://www.seg-social.es)

Otras referencias: Diputaciones Forales (Hacienda Foral de Bizkaia, Gipuzkoa, Álava) y Hacienda Foral de Navarra para normativa foral vigente.

Preguntas frecuentes

¿Paga más impuestos un autónomo que un empleado en 2026?

Depende del nivel de ingresos, gastos deducibles y CCAA. El empleado soporta IRPF y una cotización del 6–7% aprox., mientras el autónomo tributa por su rendimiento (ingresos menos gastos) y paga una cuota RETA por tramos de rendimientos. Con gastos elevados y buena planificación, el autónomo puede reducir su tipo efectivo.

¿Cuál es la retención habitual de IRPF en un profesional autónomo?

El tipo general es el 15% en actividades profesionales sujetas a retención. Para nuevos profesionales, puede aplicarse el 7% durante el primer año y los dos siguientes si se cumplen requisitos.

¿Cómo afecta tener 12 o 14 pagas a lo que pago de IRPF?

Con 14 pagas la retención por paga es más baja, pero el IRPF anual total no cambia. Solo varía el flujo de caja mensual.

¿El IVA influye en lo que paga un autónomo frente a un empleado?

El IVA no es un impuesto sobre la renta. El autónomo lo repercute a sus clientes y lo liquida periódicamente. Afecta a la tesorería, no al coste fiscal final si se declara correctamente.

¿Hay diferencias de IRPF por CCAA?

Sí. Cada comunidad aplica su escala autonómica y deducciones, lo que puede alterar el tipo efectivo varios puntos. Comprueba la normativa vigente en tu territorio.

Última actualización: December 2025

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